La acumulación de acreedores es una situación desagradable para cualquiera. Y en estas situaciones es frecuente preguntarse cómo obtener financiación o cómo cancelar las deudas de forma legal.
Lo cierto es que la mejor opción es la segunda. A fin de cuentas, la refinanciación tiene unos costes (al menos, en concepto de intereses). De modo que la verdadera salida a una situación de insolvencia pasa por cancelar deudas.
El problema es que hasta hace relativamente poco, el único modo de cancelar deudas era pagarlas. También se podía pactar una condonación con los acreedores, aunque no solía funcionar.
Sin embargo, en 2015 se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad, que permite que las personas naturales (particulares y autónomos) cancelen todas aquellas deudas que no puedan pagar. ¿Quieres saber cómo funciona?
El proceso de segunda oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad introdujo modificaciones en la Ley Concursal. Su objetivo era amoldar los requisitos y trámites del concurso de acreedores (diseñado a medida de las empresas) a las necesidades de las personas naturales.
De este modo se creó un mecanismo de segunda oportunidad, novedoso en nuestro ordenamiento jurídico. Tal proceso se caracteriza por:
- Ofrecer al particular insolvente una vía de escape de su situación económica.
- Incluir mecanismos que evitan la explotación fraudulenta del sistema de cancelación de deudas.
- Combinar soluciones negociadas y judiciales, priorizando el acuerdo entre las partes.
¿Cómo funciona el proceso para cancelar deudas de forma legal?
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, la persona debe estar en situación de insolvencia. Esto significa que debe tener más deudas y obligaciones (pasivos) que patrimonio (activos).
Siempre que sus deudas sean inferiores a cinco millones de euros podrá iniciar el trámite solicitando un acuerdo extrajudicial de pagos. Este acuerdo no es más que una negociación, donde el deudor podrá pactar con sus acreedores:
- Quitas, que suponen el perdón de parte de la deuda.
- Esperas, que suponen el aplazamiento o fraccionamiento de pagos.
- Cesión en y para pago, que suponen la conversión de deuda dineraria.
Hasta aquí no hay nada novedoso, ya que antes de la aprobación de esta norma el insolvente ya podía reestructurar sus deudas en una negociación con sus acreedores. Sin embargo, lo interesante de la norma es:
- Que establece un marco favorable a la negociación. A la hora de negociar el Acuerdo Extrajudicial de Pagos pueden detenerse los embargos y el devengo de intereses.
- Y que ofrece una salida judicial a la falta de acuerdo.
El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho
Cuando las negociaciones son infructuosas, la Ley de Segunda Oportunidad introduce una etapa judicial. El deudor tendrá que entrar en concurso.
Hablamos del concurso consecutivo, un proceso tramitado ante el juez de lo mercantil. Durante esta segunda (y última) etapa del proceso de segunda oportunidad se podrá solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
Este beneficio consiste en un mandato judicial que hace que los acreedores ya no puedan exigir sus deudas. Es decir, en la práctica equivale a cancelar todas las deudas que no se puedan pagar.
La principal ventaja del beneficio de exoneración es que se concederá siempre que se cumplan los requisitos legalmente exigidos. De modo que salir de la situación de insolvencia, en este caso, ya no va a depender de la buena voluntad de los acreedores.
En definitiva, la Ley de Segunda Oportunidad ha introducido en nuestro ordenamiento jurídico la posibilidad de que los particulares y autónomos cancelen todas sus deudas cuando estén en situación de insolvencia.