A partir del 1 de enero de 2023, todos los autónomos deberán comunicar al Ministerio de la Seguridad Social la estimación de sus ingresos y gastos para todas las actividades.
Esta estimación se reducirá en un 7% para los gastos generales de los autónomos en general y en un 3% para los autónomos en empresas.
En función de estos ingresos estimados, los autónomos pueden elegir entre los tipos mínimos y máximos del cuadro siguiente:
Además del tipo de cotización, hay otros cambios en el nuevo sistema. En primer lugar, la llamada «tarifa plana» para nuevos autónomos. La cotización de la tarifa plana pasará de los 60 euros mensuales actuales a 80 euros mensuales. Además, pagan menos si sus ingresos son inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI), pero no se tiene en cuenta si pagan más si sus ingresos son inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI). Es decir, si los ingresos del autónomo están por debajo del SMI, siguen pagando la cuota fija de 80 euros al mes, pero si ganan más del SMI, empiezan a pagar según el escalón correspondiente.